Las Empresas serán sostenibles o no serán – Revista OTWO Noviembre 2022

Artículo publicado en nuestra sección Hábitat COAMBA de la revista OTWO nº 41 del mes de diciembre de 2022. Desde la Pagina Nº 110.

La sostenibilidad se ha convertido en el único camino viable mediante el cual se podrán alcanzar los objetivos marcados en la Agenda 2030 a través de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), mediante los cuales se establecen las metas a alcanzar para conseguir una sociedad respetuosa con el medio ambiente y equilibrada socialmente. La sostenibilidad, entendida en todas sus dimensiones (económica, ética, ambiental y social), es el eje del que parten todas las acciones necesarias para que logremos llevar a cabo una transición justa hacia un modelo económico neutro en carbono y respetuoso con los derechos humanos.

En este sentido, el presente artículo tiene como objetivo contextualizar el estado del arte en el que se encuentra el sector empresarial (tanto empresas públicas como privadas) en materia de reporte de indicadores de sostenibilidad, un tema de máxima actualidad y que es de vital importancia de cara a canalizar las inversiones a actividades que se consideren realmente alineadas con la protección de las personas y del planeta.

En primer lugar, es necesario conocer el origen de este tipo de reportes con el fin de comprender el cómo se ha llegado a la situación actual, la cual es un verdadero punto de inflexión en cuanto a cómo se entienden las actividades empresariales, las cuales se están enfrentando a un verdadero tsunami normativo en materia de sostenibilidad.

Uno de los primeros estándares para el reporte de indicadores de sostenibilidad y la elaboración de las llamadas memorias de sostenibilidad es el Global Reporting Initiative (GRI), el cual es considerado como uno de los estándares de referencia en esta materia. Este ha evolucionado a través de los años, habiendo desarrollado las versiones G3, G4, GRI 2016 y, actualmente, la nueva versión GRI 2021 que será obligatoria a partir del 1 de enero de 2023 para las empresas que decidan hacer uso del mismo para el desarrollo de sus memorias de sostenibilidad con indicadores del ejercicio 2022.

Por otro lado, es destacable que, además de GRI, existen otros estándares que también son reconocidos a nivel internacional para el reporte de indicadores ambientales, sociales y de buena gobernanza (ASG).

En este sentido, existen varios problemas derivados de la amplitud de metodologías, estándares, esquemas de verificación, etc, siendo esto una barrera para la integración de la sostenibilidad a nivel corporativo, puesto que esta situación juega en contra de la comparabilidad de la información entre distintas empresas (incluso de un mismo sector y con actividad en una misma ubicación geográfica), dificultando la valoración de las mismas y, por lo tanto, haciendo más difícil que los inversores que estén interesados en proyectos sostenibles puedan tomar la decisión de dirigir su capital hacia los mismos.

Con el fin de solucionar esta situación, se aprueba la Directiva 2014/95/EU o también denominada NFRD (Non Financial Reporting Directive), la cual fue traspuesta al ordenamiento jurídico español a través de la Ley 11/2018, de 28 de diciembre, de información no financiera y diversidad. Esta ley revolucionó el sector empresarial, puesto que obligó a las empresas de más de 500 empleados y cierto volumen de facturación y de activos a reportar, junto con el informe de gestión de las cuentas anuales, y en cuestión de 3-4 meses, lo que se conoce como un Estado de Información no Financiera (en adelante EINF).

El principal objetivo de esta ley es establecer un marco común para que dichas empresas reporten indicadores ASG bajo una misma estructura y un mismo esquema de verificación, dando lugar a la posibilidad de que los interesados en valorar estas empresas puedan realizar análisis comparativos coherentes de su desempeño mediante los indicadores reportados.

La realidad ha sido algo distinta al resultado que se esperaba mediante la aplicación de dicha ley, puesto que la estructura y los indicadores a reportar no se desarrollaron de forma clara y concisa. Tampoco se especificó la metodología de verificación de estos EINF, lo que ha dado lugar a que las empresas se tomen la libertad de reportar los indicadores de formas que, en la mayoría de los casos, no dan la posibilidad de realizar dichos análisis comparativos.

A modo de ejemplo, muchas empresas toman GRI como referente para su reporte anual, mientras que otras utilizan otros estándares como el ISSB (International Sustainability Standard Board) o, directamente, no hacen uso de ningún estándar y reportan los indicadores mediante metodología propia. A esto se une que cada empresa orientada a la verificación tiene un esquema propio para dicha tarea, por lo que, finalmente, se obtiene un resultado que en pocas ocasiones cumple con el objetivo buscado.

Con el objetivo de solventar esta problemática nacen dos iniciativas desde Europa. Por un lado, la llamada Taxonomía Verde y, por otro lado, la nueva CSRD (Corporate Sustainability Reporting Directive), que derogará la ya comentada NFRD, y que conllevará la utilización de un estándar unificador de criterio que está en desarrollo y próximo a publicarse llamado ESRS (European Sustainability Reporting Standards).

En relación con la Taxonomía Europea, esta es una parte del desarrollo reglamentario de la Comisión Europea que pretende vincular al sector financiero en la consecución de los objetivos de descarbonización de la economía europea y en el cumplimiento de los ODS. Con ella, se pretende reorientar los flujos de capital hacia inversiones sostenibles, creándose para ello un sistema de clasificación de las actividades económicas a los efectos de fijar el grado de sostenibilidad medioambiental de estas.

Se entiende por sostenible aquella actividad económica que contribuya sustancialmente a la consecución de uno o más de los seis objetivos medioambientales establecidos (la mitigación y la adaptación al cambio climático, el uso sostenible y protección de los recursos hídricos y marinos, la transición hacia una economía circular, la prevención y el control de la contaminación, y la protección y recuperación de la biodiversidad y los ecosistemas), así como también debe poder probarse que la actividad económica no cause un perjuicio significativo (principio DNSH) al resto de estos objetivos.

Por el momento, sólo se ha publicado oficialmente el listado de las actividades económicas que contribuyen a los dos primeros objetivos, la mitigación del cambio climático y la adaptación al cambio climático, pero se ha publicado un borrador de informe sobre recomendaciones preliminares para los Criterios Técnicos de Selección para los otros cuatro objetivos ambientales ‘’no climáticos’’.

Por su parte, la Directiva sobre la información sobre sostenibilidad de las empresas (CSRD) ha sido adoptada el 10 de noviembre de 2022 con 525 votos a favor, 60 votos en contra y 28 abstenciones, erigiéndose así como una solución a la problemática planteada, haciendo que las empresas sean más responsables públicamente al obligarlas a divulgar regularmente información sobre su impacto social y ambiental.

En este sentido, el European Financial Reporting Advisory Group (EFRAG) está desarrollando un estándar que unifique el criterio para el reporte de dicha información, el anteriormente mencionado ESRS, el cual establece nuevos estándares legalmente vinculantes en la presentación de informes de sostenibilidad para las empresas afectadas, una vez que entren en vigor.

El ESRS requiere un esfuerzo adicional en la presentación de informes de sostenibilidad de las empresas, por ejemplo, a través de métricas de rendimiento que deben publicarse. Además, el ESRS obliga a informes más detallados en las áreas de medio ambiente, social y gobernanza (ASG). Por ejemplo, se espera que el ESRS exija la divulgación del Alcance 3 de la huella de carbono, independientemente de la materialidad de este indicador, algo que en la actualidad es completamente voluntario para las organizaciones.

Concebido como un acto delegado, el ESRS se aplicará inmediatamente a las empresas afectadas. Si una empresa afectada por el ESRS no cumple con la obligación de publicar la información requerida, se iniciarán procedimientos sancionadores.

La aplicación jurídicamente vinculante del ESRS está vinculada a la CSRD. Las empresas de la UE actualmente afectadas por los reglamentos de Corporate Sustainability Reporting (en adelante CSR) deben aplicar el ESRS para los períodos que comienzan en 2024 (es decir, reporte de indicadores referidos al año 2023).

A principios del ejercicio 2025, el CSR se aplicará a un gran número de empresas de la UE que cumplan al menos dos de los tres requisitos siguientes:

  • más de 250 empleados en promedio anual
  • un balance total de más de 20 millones de euros
  • Ventas netas de más de 40 millones de euros

Además, a partir del 1 de enero de 2026 se aplicarán criterios específicos a las PYMEs orientadas al mercado de capitales, las pequeñas entidades de crédito no complejas o las cautivas de seguros. Este es un objetivo extremadamente ambicioso, puesto que el tejido empresarial de las PYMEs es muy grande y, en la mayoría de casos, con escasos recursos que puedan dedicarse al desarrollo de este tipo de reportes, por lo que es necesario protocolizar y estandarizar este proceso. Es importante trabajarlo lo antes posible, estar preparados y evitar así que se escapen oportunidades relevantes para el negocio.

Debemos trabajar en reducir la incertidumbre que este tsunami regulatorio está causando entre las empresas comprometidas con el desarrollo sostenible. Dedicaremos otros espacios abordar guías y estándares tendencia que también juegan y tendrán un rol importante en estos próximos años, tales como las recomendaciones de la Task Force on Climate-related Financial Disclosures (TCFD) para gestionar riesgos y oportunidades derivadas del cambio climático, o la Science Based Targets Initiative (SBTi), enfocada en la fijación de objetivos de reducción de emisiones alineados con la ciencia climática.

¿Existen beneficios claros para las empresas en medio de este caos regulatorio? Como indicamos al inicio del artículo, entendemos la sostenibilidad como una verdadera ventaja competitiva para las empresas, una palanca de cambio real hacia nuevos modelos de negocio responsables y rentables, pero debemos ‘’ir más allá’’ de la Ley y de la comunicación estratégica. Prácticamente, ninguna empresa que toma un rol pasivo y que espera a que una norma le aplique para comenzar a reaccionar, es capaz de sacar verdadero partido a la sostenibilidad.

No se trata sólo de recopilar cantidades ingentes de información, ni de comunicar de forma creativa el impacto positivo que generan nuestras acciones, sino de cambiar nuestros modelos de negocio. En cualquier caso, el cambio necesario es profundo y estas actualizaciones de herramientas y normativas nos sirven de gran ayuda para aunar criterios y acelerar el proceso de transformación.

Tan valioso será trabajar en provocar cambios reales evitando la inacción, como en desarrollar una comunicación transparente y honesta de los logros alcanzados gracias al propósito y al compromiso de la empresa en cuestiones ASG.

A modo de conclusión, destacar que la situación en la que estamos en la actualidad en esta materia es una oportunidad única para transformar todas las actividades empresariales que se llevan a cabo, puesto que se favorecerá financieramente todas las actividades que se consideren taxativamente alineadas con los criterios marcados, penalizando las que se considere que causen un perjuicio significativo a cualquiera de los objetivos marcados.

El papel del ambientólogo en todo este ámbito es fundamental, puesto que aporta una visión multidisciplinar y holística de gran valor tanto a nivel de consultoría y de gestión de indicadores ASG, como de verificación de la trazabilidad y el cumplimiento normativo, así como también como integrante / responsable del departamento de sostenibilidad de una organización.

Autores:  Abilio Caetano Barrera jefe de proyectos en Ecoterrae y vicepresidente 1º de COAMBA y Octavio Acosta Trigo, responsable de desarrollo de negocio en Ecoterrae.

Fuente: Revista OTWO nº 41 diciembre 2022.

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