El Consejo desestima el cambio de denominación del Colegio de Licenciados y Graduados en Ciencias Ambientales de Andalucía

El Consejo de Gobierno ha acordado desestimar la solicitud planteada por el Colegio Profesional de Licenciados y Graduados en Ciencias Ambientales de Andalucía para cambiar su denominación por la de “Colegio Profesional de Ambientólogos”. Esta corporación considera que el actual nombre supone una discriminación por hacer referencia a la titulación académica y no a la profesión, pero el Ejecutivo andaluz advierte que el nombre propuesto induciría a confusión con otros colectivos que también desarrollan actividades relacionadas con el medio ambiente.

La desestimación se fundamenta en la Ley 10/2003 de Colegios Profesionales de Andalucía, cuyo artículo 12 señala que la denominación “responderá a la titulación académica oficial requerida para la incorporación a los mismos o a la profesión que representen, no pudiendo coincidir ni ser similar a la de otros colegios profesionales existentes en el ámbito territorial de la comunidad autónoma, ni inducir a error en cuanto a los profesionales que los integran”.

De acuerdo con este precepto, el Consejo señala que la de “ambientólogo” no es una profesión reconocida y regulada por el Estado. Aunque la acepción sí aparece en el Catálogo Nacional de Ocupaciones, como alega el Colegio, lo hace como ocupación y no como profesión.

Asimismo, el Ejecutivo andaluz considera que no puede tener efecto jurídico la inclusión del término “ambientólogo/a” en el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española como “especialista en el estudio del medio ambiente”. A juicio del Consejo, esta definición resalta precisamente el hecho de que las actividades relacionadas con el medio ambiente no se vinculan a títulos concretos y pueden realizarse por personas poseedoras de otras titulaciones diferentes a las de licenciado o graduado en Ciencias Ambientales, como es el caso de los biólogos o los ingenieros de montes. Debido al carácter transversal señalado, se considera que el cambio de nombre induciría a error o confusión.

El Colegio Profesional de Licenciados y Graduados en Ciencias Ambientales de Andalucía, entidad que actúa en representación de este colectivo en la comunidad, se creó con esta denominación por la Ley 2/2013, de 25 de febrero. Durante la tramitación del proyecto normativo la entidad ya realizó idénticas alegaciones, que igualmente fueron rechazadas con los mismos argumentos.

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Fuente: juntadeandalucia.es

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