Es el órgano regulado en disposición transitoria primera de la Ley 2/2013, de 25 de febrero, por la que se crea el Colegio Profesional de Licenciados y Graduados en Ciencias Ambientales de Andalucía.
La comisión gestora, designada mediante Orden de la Consejería de Justicia e Interior de 12 de marzo de 2013 (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 62, de 2 de abril de 2013), está constituida por nueve miembros representantes de los profesionales Licenciados y Graduados en Ciencias Ambientales, elegidos por la Asociación Profesional de Ambientólogos y Ambientólogas de Andalucía.
La Junta de Gobierno de la Asociación de Ambientólogos y Ambientólogas de Andalucía (PROAMBA), promotora del Colegio Profesional, eligió las siguientes personas para pilotar el periodo de transición desde la creación del colegio por Ley hasta la Asamblea constituyente.
Nombre | Cargo Gestora | Origen |
Emilio Luján | Presidencia | Presidente PROAMBA |
Julio Alberto Soria | Secretaría | Secretario PROAMBA |
Óscar Pérez | Vicepresidencia 1º | Vicepresidente 3º PROAMBA |
Manuel Barrera | Vicepresidencia 2º | Vicepresidente 2º PROAMBA |
Joaquín Lozano | Vocal | Vocal Jurídico PROAMBA |
Jaime Portillo | Vocal | Socio de PROAMBA y ex directivo de la FACCAA |
Lorena Ibáñez | Vocal | Socia de PROAMBA y ex miembro de la primera promotora COAMBA |
Sonia Sierra | Vocal | Socia de PROAMBA |
Mª Sierra Aguilar | Vocal | Socia de PROAMBA |
Las funciones de la Comisión Gestora son:
- Elaborar los estatutos provisionales del Colegio Profesional
- Establecer los requisitos para la adquisición de la condición de persona colegiada, que permitirá participar en dicha asamblea
- Elaborar el censo de personas profesionales que reúnen los requisitos de titulación establecidos en el artículo 3 de esta ley, constituyéndose para ello en comisión de habilitación a los efectos de resolver las solicitudes de colegiación
- Regular el proceso electoral
- Convocar y dirigir la asamblea constituyente
La Comisión Gestora tiene una “vida” limitada. Hasta la Asamblea Constituyente donde los colegiados deberán:
- Pronunciarse sobre la gestión realizada por la comisión gestora
- Aprobar los estatutos definitivos del colegio
- Proceder a la elección de las personas que ocuparán los cargos correspondientes en los órganos de gobierno colegiales
En ese momento el COAMBA adquirá personalidad jurídica y plena capacidad de obrar.
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